En los últimos años, la Unión Europea ha mostrado un firme compromiso con la sostenibilidad al lanzar su estrategia para convertirse en una sociedad climáticamente neutra en 2050, conocida como el Pacto Verde Europeo. El Green Deal consiste en un paquete de políticas y leyes destinadas a mejorar la sostenibilidad en aspectos medioambientales, sociales y de gobernanza (ASG).
Dos de estas directivas son la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva sobre Diligencia Debida en la Sostenibilidad Corporativa (CSDDD también llamada de CS3D). Con la entrada en vigor de estas directivas, las empresas ya no tienen la opción de elegir la información sobre sostenibilidad que desean compartir. Y las dos están estrechamente interrelacionados y se complementan entre sí.
La debida diligencia en materia de derechos humanos sigue siendo un concepto novedoso, y su manifestación como principio jurídico obligatorio que puede dar lugar a responsabilidades civiles y sanciones administrativas aún más.
Los objetivos
CS3D – Enfoque: Diligencia debida
El objetivo de la Directiva CS3D es que las empresas asuman la responsabilidad de las repercusiones negativas de sus actividades. Se establece una norma uniforme que obliga a las empresas, tanto de la UE como de fuera de ella, exigiendo a las empresas que identifiquen y aborden los impactos adversos sobre los derechos humanos (por ejemplo, trabajo infantil y explotación de los trabajadores) y el medio ambiente (por ejemplo, contaminación y pérdida de biodiversidad) derivados de las actividades propias, sus filiales y sus cadenas de valor mundiales.
CSRD – Enfoque: Presentación de informes
El objetivo de la CSRD es mejorar y ampliar la información sobre sostenibilidad entre las empresas que operan en la UE. En el marco más completo de la Directiva, las empresas deben informar de su impacto social y ambiental siguiendo las normas de sostenibilidad de la UE, con una auditoría rigurosa para garantizar su credibilidad. La CSRD se adoptó formalmente en 2023, y las grandes empresas incluidas en su ámbito de aplicación deben presentar sus primeros informes antes de enero de 2025.
Diferencias entre la CS3D y la CSRD
CS3D:
- Diligencia debida obligatoria: Las empresas cubiertas por esta directiva están legalmente obligadas a investigar y abordar cómo sus operaciones y cadenas de suministro afectan al medio ambiente y a los derechos humanos.
- Aplicación mundial: Esta directiva no se detiene en las fronteras de la UE. Abarca sus acciones no sólo en Europa, sino también dondequiera que operen y se abastezcan a escala mundial.
- Reducir los efectos negativos: El principal objetivo de la Directiva es garantizar que las empresas tomen medidas reales para reducir o detener los efectos nocivos que sus actividades puedan tener sobre el medio ambiente y los derechos humanos.
CSRD:
- Marco para la presentación de informes: La CSRD establece directrices sobre cómo las empresas deben comunicar información sobre sus esfuerzos y prácticas en materia de sostenibilidad. Estas directrices se recogen en las Normas Europeas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad (ESRS).
- Centrado en la UE: la directiva está diseñada para las empresas de la UE.
- Transparencia y divulgación: El principal objetivo de la CSRD es garantizar una información coherente y comparable de los resultados en materia de ASG.
Umbrales más elevados y retraso en la entrada en vigor
Tras semanas de retrasos, el Consejo Europeo ha aprobado la CS3D el pasado 15 de marzo, sin embargo, para llegar a un acuerdo, la directiva final se diluye significativamente con respecto a la propuesta inicial. Un movimiento que frustrará a los defensores de la sostenibilidad. Se prevé que la semana del 25 de abril de 2024, la Directiva se someterá a votación en el Parlamento Europeo.
A continuación, se iniciarán los procedimientos legislativos nacionales. Los Estados miembros dispondrán de dos años para transponer la Directiva a la legislación nacional, lo que probablemente será en 2026.
Umbral superior: Las empresas con 1.000 empleados y una facturación de 450 millones de euros están incluidas en el ámbito de aplicación. Se trata de un aumento significativo con respecto al alcance acordado en diciembre de 2023 de 500 empleados y una facturación de 150 millones de euros. Además, se ha abandonado por completo el concepto de sectores de alto riesgo con umbrales más bajos.
Entrada en vigor: La Directiva entrará en vigor en tres fases diferentes:
- en tres años para empresas con 5.000 empleados y 1.500 millones de euros de facturación;
- en cuatro años para empresas con 3.000 empleados y 900 millones de euros de facturación;
- en cinco años para empresas con 1.000 empleados y 440 millones de euros de facturación.
Tras el acuerdo político del 15 de marzo, la última versión del texto reduce en un 70% el ámbito de aplicación inicialmente previsto, situándolo en torno al 0,05% de todas las empresas de la Unión (5.400 grandes empresas). Sin embargo, las grandes empresas aplicarán los requisitos en cascada a sus socios y proveedores, por lo que de manera indirecta esta Directiva afectará a muchas más empresas en toda la región y en las cadenas de valor mundiales.
Se incluyen varias medidas cautelares para las empresas que no pagan las multas impuestas en caso de infracción. Además, se tiene en cuenta el volumen de negocios de la empresa para imponer sanciones pecuniarias (es decir, un mínimo máximo del 5% del volumen de negocios neto de la empresa).
Y las empresas estarán obligadas a llevar a cabo un compromiso significativo, incluido un diálogo y consulta con las partes interesadas afectadas. Además, el acuerdo establece que el cumplimiento del CS3D podría calificarse como criterio para la adjudicación de contratos y concesiones públicas.
Efecto indirecto sobre las PYME
Una microempresa, pequeña o mediana, independientemente de su forma jurídica, y que no forme parte de un gran grupo no está comprendida en el ámbito de aplicación. Sin embargo, cuando la PYME tiene un acuerdo comercial relacionado con las operaciones, productos o servicios de la empresa en el ámbito de aplicación o realiza operaciones comerciales relacionadas con dichas operaciones, productos o servicios, se ve afectada por la CS3D.
En ese caso, la empresa debe ofrecer un apoyo adecuado a una PYME asociada, teniendo en cuenta sus recursos y limitaciones. Esto puede incluir el desarrollo de capacidades, la capacitación o la asistencia financiera, especialmente si el cumplimiento del código de conducta o del plan de prevención amenazaría la viabilidad de la PYME.
Obligaciones importantes
Centrándonos en las recientes enmiendas de última hora en el compromiso final, los comentarios hasta ahora han prestado menos atención al hecho de que han sobrevivido elementos de gran alcance de la propuesta original.
- Aplicación extraterritorial: A pesar de las fuertes críticas en los Estados Unidos y China, socios comerciales clave de la UE, la Directiva sigue aplicándose a las grandes empresas de fuera de la UE que tienen un volumen de negocios neto de más de 450 millones de euros dentro de la UE.
- Planes de Descarbonización: Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación siguen estando obligadas a adoptar y poner en marcha un plan de transición para la mitigación del cambio climático. Dicho plan debe tener como objetivo garantizar que el modelo de negocio y la estrategia de la compañía sean compatibles con la limitación del calentamiento global a 1,5ºC, en línea con el Acuerdo de París, y el objetivo de alcanzar la neutralidad climática en la Ley Europea del Clima – UE 2021/1119. El Plan de Transición Climática debe incluir:
- Objetivos con plazos concretos relacionados con el cambio climático para 2030
- Pasos de 5 años para alcanzar la neutralidad en 2050 basados en evidencia científica concluyente
- Cuando proceda, objetivos absolutos de reducción de emisiones GEI (Alcance 1-3)
- Descripción de las palancas descarbonizadas identificadas y acciones clave para alcanzar los objetivos
- Explicación y cuantificación de las inversiones y la financiación que apoyan la ejecución del plan de transición
- Descripción de la gobernanza en materia climática, alineamiento con la estrategia corporativa.
- El plan de transición climática debe revisarse cada 12 meses y la empresa debe informar sobre los progresos realizados.
En líneas generales; la CS3D exige a las empresas que asuman una responsabilidad medioambiental y social, mientras que la CSRD garantiza que las empresas europeas sean transparentes al respecto. La intención es que las empresas las apliquen conjuntamente (si entran en el ámbito de aplicación de ambas directivas). Esta conexión permite a las empresas mostrar la imagen completa de cómo están siendo sostenibles y responsables en su empresa.
La transformación necesaria de la economía y sociedad hacia un mundo más sostenible, justo, inclusivo y resiliente está en un cambio de conciencia, en un propósito definido que se mide, con plan y metas de corto, mediano y largo plazo, así como con la divulgación consistente de datos homologados de manera global por sectores y alineados a las metas globales de la #Agenda2030 y #AcuerdosdeParis.
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