En los últimos años el mercado eléctrico europeo ha demostrado tener algunas carencias en situaciones de crisis energéticas. Esto ha derivado en que sea necesario llevar a cabo medidas a corto y largo plazo.
En marzo de 2023 la Comisión Europea presentó el primer borrador de la propuesta de reforma del mercado eléctrico. Este borrador no varía significativamente respecto al documento final aprobado el 17 de octubre por el Consejo. La aprobación por parte del Consejo abre las puertas para que se inicien las negociaciones con el Parlamento Europeo, para que finalmente se convierta en Ley Europea.
La reforma aborda cinco palancas clave: el mercado intradiario, los Acuerdos de Compra de Energía (PPAs), los Contratos por Diferencias (CFDs) y la protección de los consumidores.
En primer lugar, la reforma mantiene el mercado eléctrico marginalista sin ninguna modificación. Este mecanismo establece que la oferta que casa el cierre de mercado marcará el precio de todas las ofertas que hayan ofertado un precio igual o inferior al de mercado.
En el ámbito del mercado intradiario, la reforma propone reducir y definir el cierre del mercado intradiario más cerca del momento de suministro. Los mercados intradiarios son utilizados por los participantes de mercados para ajustar sus posiciones en el mercado diario. En el caso de las tecnologías renovables, esta modificación es fundamental dado que solo pueden estimar su producción con precisión cuando se acerca el momento de suministro. Asimismo, se enfatiza la necesidad de que los mercados intradiarios se adapten e incluyan la producción renovable, la respuesta a la demanda y el almacenamiento de energía.
Además, también propone que los mercados eléctricos a corto plazo reduzcan el tamaño mínimo de oferta para asegurar la participación de los proveedores a pequeña escala de servicios de flexibilidad.
En relación con los hubs virtuales, la reforma aboga por mejorar los mercados a futuros mediante el establecimiento de hubs virtuales regionales. El objetivo es reducir la fragmentación de los mercados y la liquidez en algunas zonas de Europa. Por otro lado, se denominan “virtuales” porque no serían una nueva entidad en sí, si no un agregador de precios. Es decir, se propone que estos hubs cubran varias zonas de oferta y reflejen el precio agregado de las mismas. Precio que servirá como referencia para que los operadores del mercado ofrezcan sus coberturas a futuros en estas zonas con baja liquidez.
La reforma también aborda los Acuerdos de compra de energía (PPAs), acuerdos de compraventa de energía a largo plazo entre un generador y un consumidor. El acuerdo establece el precio predeterminado que pagará el consumidor y las características del suministro de la energía. De esta manera, los inversores realizan inversiones en energías renovables con un precio de venta garantizado.
Funcionamiento de PPAs. Fuente: Consilium Europa EU
En la reforma, se plantea que los estados miembros ofrezcan un sistema de garantías a precio de mercado en caso de que las garantías privadas para acceder a un PPA no sean accesibles o suficientes. Asimismo, se da la opción a los Estados Miembros de que faciliten la agregación de consumo de diferentes consumidores, lo que podría resultar en un volumen más atractivo para acceder a los PPAs. Además, se subraya la importancia de eliminar todas las barreras injustificadas y facilitar los PPAs transfronterizos, ya que estos elementos son cruciales para el correcto funcionamiento del mercado.
En cuanto a los Contratos por Diferencias (CFDs), se establece que, en caso de que los estados miembros decidan apoyar proyectos con bajas emisiones de carbono con financiamiento público, estos deberán estructurarse mediante contratos bidireccionales por diferencias. Esto pueden también aplicarlo a nuevas inversiones destinadas a repotenciar las instalaciones de generación de energía existentes o a incrementar sustancialmente su capacidad o prolongar su vida. Se excluyen de este tipo de contratos tecnologías que están en una fase inicial de despliegue.
El funcionamiento de los contratos bidireccionales por diferencias se fundamenta en que el generador y la contraparte establecen una horquilla de precio máxima, dentro de la cual el contrato por diferencias (CFD) no se activará, y el generador recibirá la totalidad del importe. En el caso de que el precio del mercado descienda por debajo del límite mínimo establecido por la horquilla, el generador recibirá la diferencia entre el precio de la horquilla y el precio del mercado. En situación opuesta, si el precio de mercado supera el límite máximo de la horquilla, el generador abonará la diferencia entre el precio de mercado y el límite máximo de la horquilla.
Funcionamiento de CFDs. Fuente: Consilium Europa EU
La reforma apoya que los estados miembros trasladen los beneficios recogidos con los CFDs a los consumidores finales, especialmente aquellos en situación de vulnerabilidad. Opcionalmente también propone utilizarlos para financiar inversiones que reduzcan los costes eléctricos en los consumidores finales o financiar el coste de un régimen de ayuda directa a los precios.
En relación con los excesos de producción, se propone que los consumidores con instalaciones de almacenamiento o generación tengan el derecho de compartir el exceso de producción, ya sea a un precio determinado o de manera gratuita. Estos pagos se pueden realizar directamente entre los consumidores o automáticamente a través de plataformas de trading peer-to-peer.
Por último, con el fin de proteger a los consumidores, la reforma propone mayor transparencia en los contratos energéticos, el derecho a acceder a contratos a precio fijo y la implementación de una comercializadora de último recurso en caso de fallo del proveedor, asegurando la continuidad del suministro.
Conclusiones:
Se esperaba que la reforma del mercado eléctrico apostara por modificaciones significativas, particularmente en el ámbito del sistema marginalista, un sistema que ha demostrado eficacia a lo largo de los años pero que puede no ser el adecuado en situaciones de crisis energética.
Por un lado, el enfoque marginalista asegura una remuneración equitativa para los generadores, pero en periodos de crisis puede perjudicar a los consumidores y resultar muy beneficioso para los generadores con costes operativos más bajos. Por otro lado, los precios elevados pueden motivar a los estados miembros a acelerar la implementación de energías renovables en sus territorios y, en ciertos casos, prolongar o mantener operativos parques nucleares en los próximos años.
En el contexto español, el mecanismo de ajuste ibérico se concibió con el objetivo de contrarrestar estos beneficios excesivos al fijar un tope en el precio del gas empleado en la producción de energía.
Además, se suma una dificultad extra a la modificación del mercado marginalista: Europa se encuentra en camino de lograr tener un mercado energético. Este mercado único energético debe cubrir las necesidades de sus estados miembros que son muy diferentes en cuanto a parque de generación y características técnicas y geográficas. Por lo tanto, cualquier modificación debe realizarse con sumo cuidado.
En lo que respecta a los PPAs, históricamente han estado limitados a grandes consumidores con requisitos específicos, lo que ha derivado en que este sea un producto de alta gama difícil de alcanzar para la mayoría de los consumidores. En ocasiones, esto se debe a restricciones de volumen o a la necesidad de garantías que resultan inaccesibles. La propuesta busca soluciones a estos dos problemas, ofreciendo un esquema de garantías y facilitando la agregación de consumo.
La implementación de contratos bidireccionales por diferencias en proyectos respaldados con fondos públicos ofrece estabilidad a los productores y, al mismo tiempo, evita ganancias excesivas. Además, es muy positivo que los consumidores finales puedan verse beneficiados de estas ganancias, ya sea reduciendo sus costes energéticos o mediante proyectos. Bajo mi opinión, cada estado miembro debería desarrollar un marco para distribuir estos beneficios, priorizando a los consumidores más vulnerables.
En resumen, la reforma ha establecido las bases para que cada Estado Miembro proponga las medidas específicas a aplicar en su país, según sus características específicas. Es por ello, que tenemos la sensación de conocer las bases de cada medida pero sin poder analizar su viabilidad real. Lo que nos deja muchas preguntas que no podremos resolver hasta que no salga la aplicación de cada país miembro después de convertirse en Ley Europea.
En conclusión, las expectativas iniciales eran elevadas para una reforma que finalmente ha introducido medidas cautelosas. Esto ha provocado la insatisfacción general dado que en muchos casos se considera que los cambios introducidos son insuficientes para mitigar el impacto real de una posible crisis energética.
Por ahora, queda esperar la aprobación de la reforma por parte del Parlamento Europeo y ver como cada estado miembro aterriza sus medidas a nivel nacional. Se espera que el acuerdo quede totalmente cerrado antes de que termine el año 2023.
Agnès Lomascolo | Energy Expert at Magnus Commodities
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