A lo largo del pasado mes de octubre se habló sobre la propuesta del actual gobierno del PSOE junto a Podemos sobre limitar el precio de determinadas tecnologías para contener el encarecimiento del precio en el mercado mayorista de la electricidad. En concreto, las propuestas quieren introducir cambios en el funcionamiento de dicho mercado para acabar con la sobrerretribución, conocida como “beneficios caídos del cielo”, que reciben la generación hidráulica y la generación nuclear. Ante tal propuesta nos preguntamos en este artículo el nivel de participación real en mercado de la energía nuclear, una de las tecnologías que más porcentaje de su generación destina a contratos bilaterales.

Actual parqué de generación nuclear

De acuerdo a la lista de agentes participantes del mercado eléctrico publicada tanto por el Operador del Mercado (OMIE) como por el operador del Sistema (Red Eléctrica Española, REE) hay siete unidades de programación activas con generación nuclear en España. Estas centrales suponen alrededor de 7GW de potencia nuclear disponible en nuestro pais, obviando las paradas temporales por diversos motivos (mantenimiento, cambio de combustible, etc).

Tabla 1. Actual Parqué de generación nuclear en España. Datos: E-SIOS / OMIE. Elaboración propia.

Tabla 1. Actual Parqué de generación nuclear en España. Datos: E-SIOS / OMIE. Elaboración propia.

Los agentes propietarios se reparten mayoritariamente en dos grandes grupos, ENDESA GENERACIÓN e IBERDROLA GENERACIÓN, ambos poseedores únicos de al menos una central nuclear (ASCO 1 para ENDESA y COFRENTES para IBERDROLA). La reciente renombrada NATURGY les sigue, aunque a mucha distancia y con un máximo del 35% de propiedad en TRILLO. Muy lejos de éstas se situan otros dos agentes que poseen una parte minotaria de la generación nuclear en España. En cuanto a potencias disponibles de generación, aplica ndo el porcentaje de propiedad a la potencia máxima de cada central, la distribución quedaría como se muestra en la Figura 1.

Figura 1. Potencia de generación nuclear por agente propietario. Elaboración propia.

Figura 1. Potencia de generación nuclear por agente propietario. Elaboración propia.

Mercado eléctrico y contratos bilaterales de energía

En el actual diseño del mercado eléctrico hay diversas formas de comprar y vender la energía eléctrica. Pequeños consumidores pueden acogerse a tarifas reguladas (en las que el gobierno regula las condiciones), clientes de diversos tamaños pueden acudir a una comercializadora, grandes consumidores tienen la posibilidad de ir directamente al mercado en modo de consumidor directo, etc. Otra posibilidad muy extendida entre los agentes del mercado consiste en firmar contratos bilaterales, en los que se pacta el suministro de energía a un precio fijo entre un determinado generador y un consumidor.

Figura 2. Energía nuclear vendida por contratos bilaterales y en mercado mayorista. Datos: E-SIOS. Elaboración propia.

Figura 2. Energía nuclear vendida por contratos bilaterales y en mercado mayorista. Datos: E-SIOS. Elaboración propia.

Los contratos bilaterales pueden ser físicos o financieros. Los primeros tienen influencia directa sobre el programa diario base de funcionamiento del sistema eléctrico. En dichos contratos, las dos partes, tanto el generador como el consumidor, deben informar al operador del sistema (REE) de los volúmenes de energía y de los puntos de suministro y consumo involucrados.  En el caso de la energía nuclear, los datos muestran como en los últimos 5 años, la mayoría de la energía vendida se ha cerrado en acuerdo bilaterales. De los cerca de 250 TWh generados por las siete centrales nucleares mostradas en la Tabla 1 en este periodo, aproximadamente 200 TWh han sido vendidos en contratos bilaterales. Menos del 20% de dicha energía se oferta en el mercado diario pool. Echando la vista a los últimos años es posible analizar la energía vendida por cada una ellas.

Figura 3. Energía vendida por central nuclear. Datos. E-SIOS. Elaboración propia.

Figura 3. Energía vendida por central nuclear. Datos. E-SIOS. Elaboración propia.

En la Figura 3 se observa como dos de las siete centrales rondan el 100% de energía gestionada por contratos bilaterales, ambas participadas por un único sujeto. El único caso en el que se vende más energía en el mercado que a través de bilaterales es en el caso de TRILLO, central con el número de agentes participantes más alto.

¿Quién compra esa energía nuclear?

Veamos a continuación quién compra ese 80% de energía generada en las centrales nucleares y que no pasa por el mercado mayorista. Los 202 TWh gestionados a través de contratos bilaterales desde 2014 por estas centrales han sido comprados únicamente por tres grupos:

Tabla 2. Empresas adquisidoras de energía nuclear por contratos bilaterales desde 2014. Datos: E-SIOS. Elaboración propia.

Tabla 2. Empresas adquisidoras de energía nuclear por contratos bilaterales desde 2014. Datos: E-SIOS. Elaboración propia.

Teniendo en cuenta que dos de las empresas parecen pertenecer a la misma matriz de IBERDROLA, se puede decir que la energía nuclear producida en estas centrales y gestionada a través de contratos bilaterales es adquirida por únicamente dos grandes grupos: ENDESA e IBERDROLA, prácticamente a partes iguales. Entrando en detalle es posible analizar a quién ha vendido la energía cada central nuclear:

Figura 4. Distribución de las ventas bilaterales de cada central nuclear. Datos: E-SIOS. Elaboración propia.

Figura 4. Distribución de las ventas bilaterales de cada central nuclear. Datos: E-SIOS. Elaboración propia.

Analizando la energía vendida por cada central nuclear se aprecian varios hechos destacables. Las centrales totalmente participadas por una única entidad venden en contratos bilaterales a empresas pertenecientes a su misma matriz. Así, la central nuclear de ASCO 1, 100% participada por ENDESA GENERACIÓN vende toda la energía que genera y que no destina al mercado mayorista (alrededor de un 95% de su producción total) a ENDESA ENERGÍA.  Del mismo modo, COFRENTES destina toda su generación destinada a bilaterales (más del 95% de su producción total) a entidades del grupo IBERDROLA.  Los datos muestran, en general, una clara tendencia hacia operaciones intragrupo, donde empresas generadoras venden la energía directamente a empresas comercializadoras de energía del mismo grupo.

Participación en el mercado y transparencia

Los términos y condiciones económicas de los contratos bilaterales mencionados a lo largo del artículo son privados. No es posible conocer el precio pactado por agentes vendedores, principalmente ENDESA e IBERDROLA, y compradores, principalmente ENDESA e IBERDROLA.

La medida de limitar el precio de la energía nuclear por parte del gobierno podría tener repercusión sobre el 18% de energía nuclear que va al mercado mayorista y que, por lo tanto, puede tener afectación en el precio final del mercado diario. Teniendo en cuenta que durante estos años la energía nuclear (incluyendo bilaterales y no bilaterales) ha estado participando en el mix eléctrico entorno a un 20% la medida tendría un impacto sobre aproximadamente el 3.6% de la generación eléctrica nacional. Considerando a su vez que el precio marcado en el mercado diario eléctrico es sólo una parte del precio final de la electricidad, a la que posteriormente hay que añadir otros costes regulados que no se verían afectados por la limitación, no es extraño pensar que la medida planteada por el gobierno en cuanto a la energía nuclear tendrá un impacto más mediático que real en el precio final del pool eléctrico.

Por otra parte, tanto ENDESA como IBERDROLA han reaccionado a la noticia alegando que los márgenes de estas tecnologías ya son muy estrechos y que dichos beneficios no son reales, estando además sometidas a unas altas cargas impositivas. Se puede intuir que una reducción de dichas tasas podría también trasladarse a una reducción de los precios de la energía nuclear en el mercado, aunque dada su participación en éste, de nuevo su impacto podría acabar siendo “discreto”. Quizá el gobierno deba plantearse una reducción de este tipo conjuntamente con la limitación de los precios para que conseguir un resultado más tangible de cara al consumidor final de electricidad.

En cualquier caso, el volumen de la energía nuclear que no pasa por mercado seguirá siendo muy elevado y las transacciones de energía gestionadas mediante este tipo de contratos bilaterales seguirán siendo opacas al pertenecer a mercados no organizados y cuyos términos y condiciones económicas son acordados única y exclusivamente entre las partes contrayentes, sin ser conocidos si quiera por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Otro aspecto que debería preocupar al gobierno es reducir la opacidad en este tipo de transacciones y dirigirnos así hacía un mercado eléctrico más transparente.

Álvaro Picatoste Ruilope | Analista

*Corrección noviembre 2018

Si bien los contratos bilaterales, como se menciona en el artículo y de acuerdo con la misma CNMC, tienen unas condiciones únicamente conocidas por las partes involucradas, en el caso específico de que estos contratos sean intragrupo, el precio fijado será aquél del mercado mayorista. La energía negociada en bilaterales intragrupo no participará en el proceso de casación, pero su precio final si será el mismo del mercado diario eléctrico.

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